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Tuesday, April 16, 2024
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Fiscales dictaminan que sexagenaria puede plantar cannabis para uso medicinal

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Una mujer de 60 años que padece fibromialgia presentó un recurso de amparo para que la justicia le autorice la tenencia del cultivo. Argumentó que ante la ineficacia de los tratamientos convencionales decidió probar aceites de diversas cepas de cannabis que resultaron excelentes y tuvieron un fuerte impacto en su calidad de vida. En su dictamen, los representantes del Ministerio Público opinaron que la medida cautelar resultaba procedente y que, en consecuencia, debía ser concedida.

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El titular de la Fiscalía Federal n° 2 de Posadas, Diego Guillermo Sther, y el fiscal federal a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Diego Iglesias, expresaron la opinión del Ministerio Público en el marco de un amparo presentado por una ciudadana de Posadas, Misiones, quien requirió autorización para cultivar cannabis sativa en su domicilio, con fines exclusivamente médicos.

En su presentación, la amparista (de 60 años de edad), explicó que en el año 2011 le fue diagnóstica Fibromialgia, enfermedad que afecta el sistema nervioso central, en la cual éste confunde los impulsos nerviosos y amplifica el dolor en todo el cuerpo. Indicó que tal enfermedad se manifiesta en episodios críticos (de tres o cuatro meses de duración, repetidos dos o tres al año) que, además del dolor propio, traen aparejados otros padecimientos de tipo emocional, como ser angustia, ansiedad, impotencia, insomnio o sueño alterado, todo lo cual conduce a depresiones profundas, culminando con agotamiento físico y psíquico.

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Tras explicar el sufrimiento que padece a diario, la actora señaló que, ante la ineficacia de los tratamientos convencionales a los que se sometió, decidió iniciar una terapéutica con aceite de cannabis de diversas cepas, lo cual le trajo excelentes resultados que impactaron categóricamente en su calidad de vida y salud. Por ello, dada la imposibilidad estatal de aprovisionarla de las dosis necesaria para garantizar la continuidad de su tratamiento (sin interrupciones), y ante el riesgo latente de ser perseguida penalmente por infracción a la ley 23.737, solicitó autorización judicial para cultivar cannabis sativa en su domicilio (a fines medicinales).

En su dictamen, los representantes del Ministerio Público opinaron que la medida cautelar resultaba procedente y que, en consecuencia, debía ser concedida. Para así decidir analizaron, en primer lugar, que existe un marco normativo, compuesto por la ley nacional 27.350 y el decreto reglamentario 738/2017 que habilita el uso de cannabis y sus derivados con fines terapéuticos (ley 27.350, sancionada el 29 de marzo de 2017).

Además, consideraron que estaba acreditada la verosimilitud del derecho, ya que se demostró que la actora padece fibromialgia, que los tratamientos farmacológicos prescriptos por los médicos tratantes fueron ineficaces y que la terapéutica con aceite de cannabis fue la que tuvo mayor éxito en el tratamiento de la enfermedad. También tuvieron por probado el peligro en la demora, ya que el Estado Nacional aún no cuenta con los medios para garantizar la provisión gratuita e ininterrumpida del tratamiento con aceite de cannabis prescripto, dado que se encuentra en proceso de implementación el “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales” y la inscripción allí requerida demandará un proceso durante el cual no puede suspender su tratamiento.

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