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Wednesday, April 17, 2024
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ONU se reunirá para discutir recomendaciones de cannabis de la OMS

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Se programa una reunión para la próxima semana para discutir ciertas recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el cannabis y las sustancias relacionadas con el cannabis.ONU OMS Cannabis

La Secretaría de la Comisión de las Naciones Unidas contra las Drogas Narcóticas (CND) a principios de este mes informó a todas las misiones permanentes en Viena sobre la reunión.

Durante la reunión, se espera que los países miembros de la ONU discutan las implicaciones de las recomendaciones con respecto a los extractos y tinturas, así como el CBD. La recomendación del CDB de la OMS, si finalmente se adopta, podría conducir a un comercio internacional más libre del cannabinoide.

Según un correo electrónico que la Secretaría de la CND envió a las misiones permanentes en Viena, la “primera reunión temática de las consideraciones entre sesiones de las recomendaciones de programación de la OMS ” está programada para el 24 y 25 de junio.

Las reuniones temáticas, que se celebrarán a puerta cerrada, involucran solo a los países miembros de la ONU y las organizaciones intergubernamentales relevantes.

La reunión de la próxima semana será la primera de una serie de reuniones temáticas que se celebrarán antes de diciembre.

Los países miembros tendrán la oportunidad de aclarar y debatir cuestiones no resueltas derivadas de las recomendaciones de la OMS.

Que la CND esté avanzando con el plan es una señal positiva para la industria del cannabis, ya que indica el compromiso de la organización de celebrar una votación sobre las recomendaciones en diciembre. La votación se retrasó a partir de marzo.

La Secretaría de la CND también recordó a las misiones que inscriban a sus delegados antes del 16 de junio.

Dos de las seis recomendaciones de programación de cannabis de la OMS serán discutidas en la reunión de la próxima semana:

  • Recomendación 5.4.
  • Recomendación 5.5.

La primera recomendación, si se adopta, eliminaría los “extractos y tinturas” de cannabis del Anexo 1 de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.

La adopción de la recomendación 5.4 no pretende “disminuir el nivel de control de ninguna sustancia relacionada con el cannabis o reducir el alcance del control”, aclaró previamente la OMS. Es un cambio recomendado principalmente por su consistencia.

La razón principal para la eliminación de “extractos y tinturas”, según la aclaración de la OMS, es para proporcionar mayor certeza sobre el control “de todos los productos ilícitos derivados del cannabis, ya que las preparaciones de cannabis se controlarán de la misma manera que el cannabis”.

La recomendación 5.5 se refiere al CDB.

Si se adopta la recomendación, se agregará una nota al pie a la entrada de cannabis en el Anexo 1 del tratado de 1961 para aclarar que las preparaciones que contienen predominantemente CBD y hasta 0.2% de THC no están bajo control internacional.

La recomendación del CDB podría tener implicaciones de gran alcance, lo que probablemente facilitaría el comercio internacional y el control de los productos de CDB.

Sin embargo, muchos países miembros y la Comisión Europea aún no están seguros acerca de las posibles ramificaciones de aprobar la Recomendación 5.5.

Esta fue una de las razones por las que la votación esperada de marzo se pospuso hasta diciembre.

En su correo electrónico sobre la reunión de la próxima semana, la Secretaría sugirió a los participantes consultar la documentación disponible sobre las dos recomendaciones que se discutirán este mes.

Además, “para facilitar el diálogo”, la Secretaría envió un archivo adjunto con una lista de cuestiones  a considerar para cada una de las dos recomendaciones.

La lista de cuestiones “meramente ilustrativas”, que se basó en los aportes recibidos de los países miembros, incluye factores económicos, legales, administrativos y de otro tipo para cada una de las dos recomendaciones.

Algunos de los temas de discusión propuestos en torno a la Recomendación 5.4 incluyen:

  • Implicaciones para el comercio internacional.
  • El impacto en el control de estas sustancias.
  • Medidas a adoptar “para evitar confusiones entre las agencias reguladoras nacionales”.
  • Una posible directriz “para garantizar una comprensión común”.

Los temas de discusión sugeridos para la Recomendación 5.5 incluyen:

  • Comercio internacional de CBD y “resolución de disputas entre países exportadores e importadores con respecto al cumplimiento del umbral.
  • Las “consecuencias de incluir productos médicos y no médicos” y la “posible legitimación del consumo recreativo de derivados de cáñamo con bajo contenido de THC”.
  • Una serie de implicaciones legales y aclaraciones, por ejemplo, si la nota al pie de página también se aplicaría a preparaciones que no se producen con fines médicos.
  • La necesidad de una “metodología común” para evaluar los niveles de THC.
  • La definición de “predominantemente”.

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